Suiza: ahora mismo no hay prohibición. Próxima prohibición: 30.07.26, 22:00–24:00 hora local.
Suiza prohíbe la circulación de los vehículos de mercancías con un peso máximo autorizado superior a 3,5 t todos los domingos y en los días festivos incluidos en la lista durante todo el día, de 00:00 a 24:00, y cada noche del año de 22:00 a 05:00. El umbral de 3,5 t significa que también quedan cubiertas las grandes furgonetas de reparto, no solo los clásicos camiones pesados. La prohibición festiva sigue una lista federal de ocho días y se suspende en los cantones donde un día de la lista no es festivo. Base jurídica: art. 91 y 92 OCR (Ordenanza sobre las normas de circulación vial, RS 741.11).
Próximos 30 días
| Fecha | Hora (local) | Restricción |
|---|---|---|
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–24:00 | Domingo, más de 3.5 t. Prohibición los domingos y días festivos (todo el año, todo el día; camiones >3.5t) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–24:00 | Domingo, más de 3.5 t. Prohibición los domingos y días festivos (todo el año, todo el día; camiones >3.5t) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–24:00 | Domingo, más de 3.5 t. Prohibición los domingos y días festivos (todo el año, todo el día; camiones >3.5t) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–24:00 | Domingo, más de 3.5 t. Prohibición los domingos y días festivos (todo el año, todo el día; camiones >3.5t) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 00:00–05:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) | |
| 22:00–24:00 | Estacional, más de 3.5 t. Prohibición nocturna (art. 91 VRV) |
Reglas y excepciones
| Prohibición | Cuándo | Hora | Dónde | Vehículos |
|---|---|---|---|---|
| Prohibición dominical y festiva | Todos los domingos y ocho días festivos incluidos en la lista | 00:00–24:00 | Todas las vías públicas a nivel nacional; en los días festivos, solo en los cantones donde el día es festivo | Vehículos de mercancías con un peso máximo autorizado superior a 3,5 t (incluidas las grandes furgonetas de reparto), vehículos articulados con un peso total del conjunto superior a 5 t, vehículos que remolcan un remolque con un peso máximo autorizado superior a 3,5 t, así como tractores industriales y máquinas de trabajo. La prohibición abarca todo el día natural, a diferencia de Alemania y Austria, donde la prohibición dominical termina a las 22:00. Los ocho días festivos con prohibición son Año Nuevo, Viernes Santo, Lunes de Pascua, Ascensión, Lunes de Pentecostés, 1 de agosto, Navidad y 26 de diciembre; la prohibición no se aplica en los cantones o partes de cantón donde un día determinado no se celebra. |
| Prohibición de circulación nocturna | Cada noche del año, incluidos los días laborables | 22:00–05:00 | Todas las vías públicas a nivel nacional | Los mismos grupos de vehículos que en la prohibición dominical. Se aplica los 365 días del año sin variación estacional. Combinada con la prohibición dominical de día completo, un camión no exento detenido por la prohibición nocturna del sábado a las 22:00 no puede volver a circular hasta las 05:00 del lunes. |
Días festivos con prohibiciones para camiones — Suiza 2026
| Fecha | Festivo | Horario de prohibición | Alcance |
|---|---|---|---|
| Año Nuevo | 00:00–24:00 | A nivel nacional | |
| Viernes Santo | 00:00–24:00 | Cantones donde el Viernes Santo es festivo; no se observa en Tesino ni en Valais | |
| Lunes de Pascua | 00:00–24:00 | Cantones donde el Lunes de Pascua es festivo (la mayoría de los cantones) | |
| Ascensión | 00:00–24:00 | A nivel nacional | |
| Lunes de Pentecostés | 00:00–24:00 | Cantones donde el Lunes de Pentecostés es festivo (la mayoría de los cantones) | |
| Fiesta Nacional Suiza | 00:00–24:00 | A nivel nacional (fiesta federal) | |
| Navidad | 00:00–24:00 | A nivel nacional | |
| San Esteban | 00:00–24:00 | Cantones donde el 26 de diciembre es festivo |
Exentos de la prohibición
Multas por infracciones
- Circular durante la prohibición dominical, festiva o nocturna: multa a partir de CHF 500
- El vehículo queda detenido hasta que puede volver a circular legalmente, lo que tras una infracción dominical puede significar permanecer parado hasta las 05:00 del lunes
- Los controles son frecuentes en los pasos fronterizos y en los centros de control de vehículos pesados de los corredores de tránsito
Festivos cantonales y dónde se suspende la prohibición
Suiza solo tiene una fiesta federal, el 1 de agosto, y cada cantón fija su propio calendario de festivos. La prohibición de circulación en sí sigue una lista federal fija de ocho días y, cuando uno de esos días no se celebra en un cantón o parte de un cantón, la prohibición no se aplica allí ese día; el Viernes Santo en Tesino y Valais es el ejemplo más conocido. También se cumple lo contrario: festivos puramente cantonales como el Día de San Bertoldo (2 de enero), el Corpus Christi (4 de junio de 2026), la Asunción (15 de agosto), Todos los Santos (1 de noviembre) y la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) no añaden una prohibición para camiones, aunque en esos cantones las tiendas y oficinas estén cerradas. Por tanto, la planificación de rutas a través de Suiza solo necesita los ocho días de prohibición federales más la comprobación cantonal de las suspensiones.
Cómo se encadenan las prohibiciones
La prohibición nocturna rige todos los días de 22:00 a 05:00 y la prohibición dominical abarca todo el día de 00:00 a 24:00. Un camión no exento que todavía circula a las 22:00 del sábado debe detenerse por la prohibición nocturna, permanece parado durante todo el domingo y solo puede volver a circular a las 05:00 del lunes, una parada de 31 horas. La misma cadena se aplica en torno a cada uno de los ocho días festivos con prohibición. En los ejes de tránsito alpinos, esto hace crítico el momento de llegada a la frontera suiza, ya que no hay un reinicio dominical a las 22:00 como en Alemania o Austria.
Preguntas frecuentes
¿Están prohibidos los camiones todos los domingos en Suiza?
Sí. Los vehículos de mercancías con un peso máximo autorizado superior a 3,5 t están prohibidos los domingos de 00:00 a 24:00 en todas las vías a nivel nacional.
¿En qué se diferencia la prohibición dominical suiza de la de Alemania o Austria?
Abarca todo el día. En Alemania y Austria la prohibición dominical termina a las 22:00; en Suiza se prolonga hasta las 24:00 y la prohibición nocturna diaria continúa después hasta las 05:00 del lunes.
¿Se aplica la prohibición suiza a las furgonetas de reparto?
Sí, si el peso máximo autorizado supera las 3,5 t. El umbral suizo es mucho más bajo que las 7,5 t que se usan en Alemania y Austria, por lo que quedan cubiertas las grandes furgonetas y los camiones ligeros.
¿Existe una prohibición nocturna para camiones en Suiza?
Sí. Los mismos vehículos no pueden circular por ningún lugar de Suiza entre las 22:00 y las 05:00, todos los días del año, incluidos los días laborables ordinarios.
¿Qué días festivos tienen prohibición para camiones en Suiza en 2026?
Ocho días: 1 de enero, 3 de abril (Viernes Santo), 6 de abril (Lunes de Pascua), 14 de mayo (Ascensión), 25 de mayo (Lunes de Pentecostés), 1 de agosto, 25 de diciembre y 26 de diciembre. La prohibición se suspende en los cantones donde un día determinado no es festivo.
¿Otros festivos cantonales como el Corpus Christi generan una prohibición para camiones?
No. Días como el Día de San Bertoldo, el Corpus Christi, la Asunción, Todos los Santos y la Inmaculada Concepción son festivos en algunos cantones, pero no figuran en la lista federal de prohibiciones de circulación, por lo que en esos días no se aplica ninguna prohibición para camiones.
¿Puedo obtener un permiso para circular un domingo o de noche en Suiza?
Sí, pero solo cuando el viaje no puede evitarse bajo ninguna circunstancia. El permiso especial lo expide el cantón donde el vehículo está matriculado o donde comienza el viaje; para la entrada del extranjero, el cantón de entrada.
¿Cuál es la multa por incumplir la prohibición suiza para camiones?
Las multas parten de CHF 500 y el vehículo queda detenido hasta la siguiente ventana de circulación legal, por lo que una infracción dominical puede costar tanto la multa como una parada forzosa hasta las 05:00 del lunes.
Fuente oficial
- Art. 91–92 VRV / OCR (Ordenanza sobre las normas de circulación vial, RS 741.11): prohibición de circulación dominical y nocturna, Fedlex
- ASTRA (Oficina Federal de Carreteras): Permisos especiales para viajes dominicales y nocturnos
- ASTRA (Oficina Federal de Carreteras): Días festivos con prohibición de circulación
Las normas pueden cambiar con poca antelación. Verifique las fuentes oficiales anteriores antes de salir.